CASTRO BASKET SE QUEDA EN CASA
SEGÚN NOS INFORMAN, EL CLUB SE HA UNIDO A LA CAMPAÑA "QUEDATÉ EN CASA" Y HAN PEDIDO A SUS NIÑAS Y NIÑOS QUE LES MANDEN VÍDEOS CORTOS HACIENDO ACTIVIDADES EN CASA Y RECOMINEDAN A LOS DEMÁS QUEDARSE EN CASA.
Con ello quieren contribuir a concienciar a nuestros jugadores a que salgan lo estrictamente necesario para pasar esta crisis lo antes posible.
https://castrobasket.blogspot.com/
ACTUALIZAREMOS CADA DÍA SOLO NOTICIAS QUE PROCEDAN DE FUENTES FIDEDIGNAS O DE INTERÉS GENERAL PARA INTENTAR MANTENEROS A TODOS INFORMADOS. LAS IREMOS INTRODUCIENDO EN CADA APARTADO.
EL pasado miércoles día 11 decidimos suspender los entrenamientos en principio hasta el lunes siguiente, en espera de que se aclarara hacia donde iban las actuaciones de las autoridades.
Todo se ha precipitado rápidamente en estos dìas. Huelga decir que continuaremos así hasta que haya noticias positivas acerca de como se desarrollan los acontecimientos.
Desde el club nos unimos a la recomendación de quedarse en casa hasta que todo esto pase, pero eso no quiere decir que no podamos hacer nada en lo que a mantener la forma se refiere y recomendamos hacer tablas de ejercicios y mantenerse activos.
Desde el club publicaremos todo aquello que creamos pueda ser de interés para sobrellevar todo esto de la mejor manera posible.
Publicaremos vídeos y todo lo que creamos oportuno de cara a ayudar a concienciarse de lo grave de esta pandemia.
COLABORACIÓN DE LA DYA DE CASTRO FRENTE AL CORONAVIRUS
SERVICIO ESPECIAL COVID19 AREA SOCIAL DYA EN CASTRO URDIALES
Desde la DYA en Castro Urdiales ponemos en marcha una iniciativa a través de la cual nuestros recursos y voluntariado se ponen a disposición de personas mayores y grupos de riesgo del municipio con el fin de ayudarles para que no tengan que salir de casa facilitándoles la realización de compras de alimentos o productos de primera necesidad así como de medicamentos en farmacias.
Nuestro personal se hará cargo de estas tareas llevando la compra a los domicilios de las personas solicitantes.
Insistimos que se trata de un servicio dirigido a mayores y grupos de riesgo, totalmente gratuito, que se llevara a cabo todos los días de la semana, de momento hasta el día 31 de marzo o hasta que la situación remita, en horario diurno de 09:30 a 19:30 h y que para solicitarlo basta con llamar a nuestra Central en el teléfono 942 860 300.
EL AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES RECURRE AL TSJC LA ANULACIÓN DEL PLENO
PUBLICA EL DIARIO MONTAÑES HOY QUE "CASTRO RECURRE ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA LA ANULACIÓN DEL PLENO DEL CONVENIO LOLÍN".
LA SECRETARIA MUNICIPAL PROPONE A LA CORPORACIÓN QUE APOYE EL RECURSO DE APELACIÓN EN LA SESIÓN CONVOCADA PARA ESTE MARTES.
El Ayuntamiento de Castro Urdiales ha puesto un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) contra el auto del juez Acayro en el que declara nulo el pleno municipal celebrado el pasado 4 de Febrero cuando los ediles del equipo de gobierno y de Podemos impidieron que saliera adelante el último trámite para la entrada en vigor del Convenio de Conservas Llín con el Ayuntamiento de Castro Urdiales.
Así lo hace constar la Secretaria Municipal en un nuevo informe, en el que se indica a los 21 concejales de la corporación municipal que están convocados al pleno del martes 17 de Marzo a las 8:00 horas de la mañana, para asistir a la repetición del pleno del 4 de Febrero por "imperativo judicial". Además de eso, la secretaria hace constar que si la sentencia del TSJC es estimatoria se podría acordar la revocación del auto del juez Acayro y la anulación de todos aquellos actos adoptados por su cumplimiento, incluído el acuerdo de la aprobación definitiva de la modificación del PGOU.
Pero la cosa tiene más miga porque en su propuesta de acuerdo, la funcionaria propone a los concejales que "en cumplimiento del convenio urbanístico suscrito, Conservas Lolín deberá aportar en el plazo de 15 días (un plazo que no aparece en el Convenio) los documentos que acrediten que dispone de la financiación y recursos suficientes para la adquisición de la parcela, y la construcción y puesta en funcionamiento de las nuevas instalaciones industriales en Vallegón e informar sobre la planificación temporal del traslado".
El Auto del juez
Hay que recordar que en su auto, el juez Acayro, que cuestionó las "incomprensibles contradicciones" de la Secretaria Municipal, acordó "retrotraer el expediente a la convocatoria del pleno realizada a fin de que, en cumplimiento de la sentencia del 2019 ( donde se dice que el convenio está ajustado a Derecho y es de interés general), en un plazo de 5 días se proceda a adoptar el acuerdo de conformidad con el expediente tramitado (todos los informes sectoriales vinculantes son favorables) con apercibimiento expreso de poder incurrir en responsabilidad patrimonial y sin perjuicio de la imposición de multas coercitivas. Es decir, que el magistrado da dos opciones a los concejales: o aprobar la modificación en base a los informes favorables vinculantes o no hacerlo, lo que supondría resolver o poner fin al convenio y eso implicaría una responsabilidad patrimonial e imposición de multas para los que así lo decidieran.
CASTROVERDE VALORA EL AUTO DEL JUEZ ACAYRO CONTRA EL AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES
Lamentamos volver a tener razón…
En CastroVerde hemos seguido los avatares jurídicos consecuentes a la demanda presentada por Conservas Lolín ante el juez Acayro con una cierta distancia.
De hecho, nunca creímos que por la vía judicial se consiguiera revertir el resultado del famoso pleno del 4 de febrero, donde los grupos PSOE, PP y PODEMOS rechazaron la modificación del PGOU. Tampoco tenemos claro que al final del proceso, con apelaciones, etc. se consiga.
Pero hay un argumento que indirectamente el auto del Juez y las declaraciones de los abogados previas ha dejado claro: Que el grupo opositor a que la fábrica de Lolín se traslade a Vallegón no se ha movido por el interés general sino por decisión o interés político.
El propio abogado nombrado por la alcaldesa, en su nombre, ha reconocido que no había razones jurídicas, ni técnicas. Es decir, ninguna válida, para no apoyar le modificación del PGOU. Que eran razones políticas…
Sólo le faltó reconocer que actuaron así por revancha o vendetta contra dos grupos políticos rivales por no haberle apoyado en se elección como alcaldesa. Que es decir lo mismo que CastroVerde ha defendido en todo este proceso.
El juez ante esa respuesta ha tenido que explicarles la diferencia entre discrecionalidad y arbitrariedad, que en el fondo se limita a que ustedes pueden votar lo que quieran, pero siempre argumentando el por qué y para qué y además en defensa del interés general. Si no, estarán actuando arbitrariamente y en contra del interés general, como así ha sido.
Que por muy independiente y soberano que el Ayuntamiento sea en asuntos urbanísticos, se debe siempre actuar, es decir votar, a favor del interés general, ratificado en el Convenio firmado entre la empresa y el Ayuntamiento y ratificado por el Tribunal Superior de Justicia.
Pero, además, con esas declaraciones del abogado, se confirma que todos los informes eran favorables y que no había ningún inconveniente legal para su aprobación. Se reconoce que todo lo que en aquél pleno escuchamos eran mentiras, disculpas o invenciones catastrofistas.
La Alcaldesa mintió a los ciudadanos ocultando las verdaderas razones de su abstención y la de su grupo, para impedir la modificación de Plan General. No había informes desfavorables, ni incumplimientos de las cláusulas del Convenio, ni había que legalizar el pozo, ni la inundabilidad de la zona lo impedía, ni nadad de nada.
Esto ya lo puso de manifiesto la Secretaria Municipal en el pleno al no encontrar impedimento legal para su aprobación tras la consulta de nuestro portavoz. No había argumentos que convenciera a los oponentes, porque no había nada que rebatir. Y menos al grupo del PP que ni siquiera acudió al pleno.
Era evidente que el Equipo de Gobierno estaba dispuesto a rechazar el Convenio y la Modificación. Retrasaron el pleno de aprobación definitiva, negando la existencia de los informes favorables de la CROTU. Finalmente, obligados por los grupos PRC y CastroVerde tuvieron que convocar un pleno extraordinario, donde buscaron todo tipo de artimañas para desmontar una propuesta que tiene todo el respaldo jurídico y toda legitimidad social.
Ahora es un Juez, es decir la ley, el que les obliga a convocar de nuevo un pleno y enfrentarse sin dilación a sus responsabilidades. Veremos si ahora votan conforme a la única opción legítima: Defender el interés general y anteponerlo a los rencores personales y a los intereses partidistas, y particulares.
En nuestra corta pero ejemplar trayectoria, CastroVerde ha sido impecablemente respetuoso con las leyes y con los técnicos que la conocen y velan por su cumplimiento. La corporación ha cambiado y, desgraciadamente, hemos vuelto a la judicialización de la política. Es una pena, pero en este caso hay que reconocer que ante comportamientos arbitrarios y abusos de poder no existe otro tratamiento.
Esperemos, para la buena salud política de nuestro pueblo, que de esta experiencia nada edificante se saquen conclusiones, y se rectifique la deriva autoritaria y revanchista de los que ahora nos gobiernan en este comienzo de legislatura.
CastroVerde, alternativa verde de Castro-Urdiales
ACAYRO RECHAZA EL INCIDENTE DE NULIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES
LUÍS ACAYRO SANCHEZ, TITULAR DEL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO 2 DE SANTANDER HA DESESTIMADO EL INCIDENTE DE NULIDAD PLANTEADO POR EL AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES Y TENDRÁ QUE CELEBRAR UN NUEVO PLENO EL PRÓXIMO MARTES 17 DE MARZO DE 2020.
Dice la providencia de magistrado fechada ayer que:
Por la representación de la Administración se ha presentado escrito solicitando nulidad de actuaciones de acuerdo con el art 238 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por supuesta falta de competencia de este Juzgado al entender que la cuestión planteada versa sobre la aprobación de un instrumento de planeamiento urbanístico.
No ha lugar a lo solicitado por los siguientes motivos:
1º) Porque la solicitud es extemporánea (Fuera de Plazo). La Administración conoce que el plazo para alegaciones sobre una eventual falta de competencia del Juzgado de lo contencioso administrativo es de cinco días. En este caso, no sólo no lo ha presentado en plazo, sino que en la primera vista celebrada el 2 de marzo de 2020, y delimitado el objeto del incidente de un posible fraude de ley en la actuación municipal, tampoco alegó nada al respecto.
2º) Porque no cumple el requisito procesal exigible de que la resolución que se haya adoptado no sea susceptible de recurso ordinario ni extraordinario. En este caso, el auto que resuelve el incidente de ejecución planteado es susceptible de recurso ordinario de apelación.
3º) Porque en el incidente de ejecución no se plantea ni se resuelve impugnación alguna de un instrumento de planeamiento urbanístico que corresponde a la Administración en el ejercicio de su potestad discrecional de acuerdo con el expediente tramitado y el art 261.3 de la Ley 2/2001. Es decir, conforme a derecho y las opciones legales que éste permite. Ahora bien, lo planteado y resuelto ha sido un posible fraude de ley en la actuación municipal ya que se había procedido a una resolución encubierta del convenio con la finalidad real de vaciar de contenido e incumplir una sentencia firme cuya relación directa e inmediata con lo resuelto por este Juzgado tampoco se cuestionó por la Administración.
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