PALOS Y BOTARATES
Hemos dudado un poco en el titular de este escrito. No sabíamos si poner "EL PALO" o "EL BOTARATE". Hemos optado por ambas para destacar parte de lo acontecido en el Pleno Municipal celebrado hoy. Botarate en el sentido de hombre de escaso juicio. Y es que resulta de poco juicio decir que las propuestas de PSOE y CV, son buenas pero son descartadas por este Equipo de Gobierno, para imponer con su mayoría de 11 las suyas,
arrebatadas a la iniciativa de la Oposición.
La denostada idea de una línea férrea entre Castro y Bilbao que el Concejal de Sanidad Animal se empeña en defender a costa del insulto permanente contra l@s concejales de CastroVerde y sobre todo contra la letrada y concejala del PSOE, Begoña Vega deslegitima todas sus actuaciones en la vida política municipal. Pero dudamos que el señor Concejal de Sanidad Animal se haya reunido con D.Mariano Rajoy para explicarle que es mejor un tren de Castro a Muzkiz que un metro de Castro a Bilbao.
Desde CastroConfidencial, no sabemos como el Partido Popular de Castro Urdiales puede seguir dando "cancha" al peor concejal de los últimos 20 años. Sus continuas faltas de educación y salidas de tono en los Plenos, sus declaraciones incongruentes en los Medios de Comunicación y sus problemas plausibles con el léxico elemental, nos hacen preguntarnos a donde va el PP de Castro Urdiales con semejante lastre.
Os dejamos la espantosa intervención de D.Cesar en el Pleno Municipal de ayer, cortesía de CV porque el Ayuntamiento sigue sin emitir los vídeos.
Intervención de César Barco (AAV) en el pleno... por CastroUrdialesVerde
Después de los Ruegos y las Preguntas de los Grupos Municipales de la Oposición, y del Teatro de D.Cesar, hoy tocaba la PREGUNTA DEL MES del Señor Alcalde:: QUE ES ESE PALO ? En alusión a una herramienta de CV para grabar el audio del Pleno, legalmente.
http://www.youtube.com/watch?v=rGNHzqyuZsc
Pues bien señor Alcalde le recomendamos la lectura y comprensión del artículo 20 de la Constitución Española de 1978 (Esa que parece que ningún "político" se lee):
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Artículo 20.
Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
arrebatadas a la iniciativa de la Oposición.
La denostada idea de una línea férrea entre Castro y Bilbao que el Concejal de Sanidad Animal se empeña en defender a costa del insulto permanente contra l@s concejales de CastroVerde y sobre todo contra la letrada y concejala del PSOE, Begoña Vega deslegitima todas sus actuaciones en la vida política municipal. Pero dudamos que el señor Concejal de Sanidad Animal se haya reunido con D.Mariano Rajoy para explicarle que es mejor un tren de Castro a Muzkiz que un metro de Castro a Bilbao.
Desde CastroConfidencial, no sabemos como el Partido Popular de Castro Urdiales puede seguir dando "cancha" al peor concejal de los últimos 20 años. Sus continuas faltas de educación y salidas de tono en los Plenos, sus declaraciones incongruentes en los Medios de Comunicación y sus problemas plausibles con el léxico elemental, nos hacen preguntarnos a donde va el PP de Castro Urdiales con semejante lastre.
Os dejamos la espantosa intervención de D.Cesar en el Pleno Municipal de ayer, cortesía de CV porque el Ayuntamiento sigue sin emitir los vídeos.
Intervención de César Barco (AAV) en el pleno... por CastroUrdialesVerde
Después de los Ruegos y las Preguntas de los Grupos Municipales de la Oposición, y del Teatro de D.Cesar, hoy tocaba la PREGUNTA DEL MES del Señor Alcalde:: QUE ES ESE PALO ? En alusión a una herramienta de CV para grabar el audio del Pleno, legalmente.
http://www.youtube.com/watch?v=rGNHzqyuZsc
Pues bien señor Alcalde le recomendamos la lectura y comprensión del artículo 20 de la Constitución Española de 1978 (Esa que parece que ningún "político" se lee):
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Artículo 20.
Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
REGATA BAHÍA DE CASTRO 2013
Saludos,
Kayak Club Castro Urdiales
http://www.kayakcastro.es/
LIGA VASCA FEMENINA (PARTIDO EN MIOÑO)
Estimad@s Compañer@s:
Es de sumo interés para esta Federación Cántabra de Fútbol la involucración y en este caso divulgación del fútbol Femenino.
Dado que, tenemos inmerso un equipo Femenino en la Liga Vasca Femenina, el mismo va a disputar sus partidos de casa, en Castro Urdiales y concretamente en el Campo de Mioño Estación (Mioño), su debut en casa tendrá lugar este Domingo día 6 a partir de las 11,30 de la mañana frente al DERIO, para repetir jornada en casa y en el mismo lugar el próximo Domingo día 13 a partir de las 17 horas frente al SAN FRANCISCO.
Por ello, les quedaríamos muy agradecidos su divulgación dada la importancia que esto tiene para nuestra región y en especial para la ciudad de Castro Urdiales al ser la primera vez en la historia que partidos de estas características se van a disputar.
Muchas gracias anticipadas.
Kepa Gabancho Sierra (Vice-Presidente de la FCF)
Es de sumo interés para esta Federación Cántabra de Fútbol la involucración y en este caso divulgación del fútbol Femenino.
Dado que, tenemos inmerso un equipo Femenino en la Liga Vasca Femenina, el mismo va a disputar sus partidos de casa, en Castro Urdiales y concretamente en el Campo de Mioño Estación (Mioño), su debut en casa tendrá lugar este Domingo día 6 a partir de las 11,30 de la mañana frente al DERIO, para repetir jornada en casa y en el mismo lugar el próximo Domingo día 13 a partir de las 17 horas frente al SAN FRANCISCO.
Por ello, les quedaríamos muy agradecidos su divulgación dada la importancia que esto tiene para nuestra región y en especial para la ciudad de Castro Urdiales al ser la primera vez en la historia que partidos de estas características se van a disputar.
Muchas gracias anticipadas.
Kepa Gabancho Sierra (Vice-Presidente de la FCF)
EL PLENO DE OCTUBRE
HABRÁ SERMÓN DEL ALCALDE MAÑANA EN EL PLENO ? SUMARÁ ORATORIA PEPERA PROPAGANDISTA EL SEÑOR CONCEJAL DE HACIENDA ?
QUE SE VAYA PREPARANDO EL PORTAVOZ DEL PSOE POR SI ACASO NO SOLO SE COMENTA SU "FALTA DE NEURONAS" SINO SU DESLEALTAD CON LOS CIUDADANOS DE CASTRO URDIALES...Y QUE SÍ PATATÍN POR LA NORMALIDAD, LA TRANQUILIDAD Y LA TRANSPARENCIA, QUE DIRÍA EL SEÑOR DIEGO.
Desde CastroConfidencial, a ciencia cierta no sabemos lo que va a ocurrir mañana en el Pleno. Pero tenemos claro que en Castro Urdiales la Normalidad no es que el Alcalde esté imputado, que se aprueben mociones como el apoyo a los preferentistas y sin embargo no se retiren 1,5 millones de euros de Liberbank, que este Equipo de Gobierno de "pandereta" no sepa gestionar los asuntos públicos, que el concejal de sanidad no sepa escribir la palabra CONSEJEROS o que se pretenda gastar 900.000 € en el saneamiento de 12 chalets en el barrio de Cotonera en la Junta Vecinal de Islares, presidida por D.Iván.
Lo que sabemos es que el Juzgado de Castro Urdiales a petición de ASCAN está investigando en que obras ha gastado el Ayuntamiento de Castro Urdiales el canon de 24 millones por el contrato de abastecimiento de agua potable del municipio. Y que supuestamente, en el Ayuntamiento no existe un Plan de Obras y Servicios aprobado anualmente.
Esperamos que por lo menos, después de más de tres horas de un pleno insulso, los Grupos Municipales en la Oposición hagan todas las preguntas, peticiones y sugerencias y las trasladen después a lo ciudadan@s...para que nos enteremos.
LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR ACCIÓN U OMISIÓN
Declara el Portavoz del Grupo Municipal Socialista en los micrófonos de ONDA CERO CASTRO que el juzgado Número 2 de Castro Urdiales ha solicitado la semana pasada información sobre los gastos del canon del agua porque supuestamente ASCAN se ha querellado contra el Alcalde por prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos; en el tema del contencioso sobre la gestión del contrato de suministro de agua potable.
http://www.ondacerocastrourdiales.es/
http://www.castroconfidencial.es/2013/03/los-intocables-de-ivan-g.html
Desde Castroconfidencial ya venimos advirtiendo de ciertos actos de este Equipo de Gobierno porque sabemos que la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL) establece en su art. 78: “1. Los miembros de las Corporaciones locales están sujetos a responsabilidad civil y penal por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de su cargo.
Las responsabilidades se exigirán ante los Tribunales de Justicia competentes y se tramitarán por el procedimiento ordinario aplicable.
2. Son responsables de los acuerdos de las Corporaciones locales los miembros de las mismas que los hubiesen votado favorablemente.
3. Las Corporaciones locales podrán exigir la responsabilidad de sus miembros cuando por dolo o culpa grave, hayan causado daños y perjuicios a la Corporación o a terceros, si éstos hubiesen sido indemnizados por aquélla.
La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (LGP) en su art. 176 sienta el principio general de responsabilidad por actos de autoridades y demás personal al servicio de las Administraciones Públicas que infrinjan las disposiciones legales causando por ello daños y perjuicios por dolo o culpa grave.
Los hechos a los que el siguiente art., 177, anuda la generación de responsabilidad patrimonial, son los siguientes:
Haber incurrido en alcance o malversación en la administración de los fondos públicos.
Administrar los recursos y demás derechos de la Hacienda Pública estatal sin sujetarse a las disposiciones que regulan su liquidación, recaudación o ingreso en el Tesoro.
Comprometer gastos, liquidar obligaciones y ordenar pagos sin crédito suficiente para realizarlos o con infracción de lo dispuesto en esta ley o en la de Presupuestos que sea aplicable.
Dar lugar a pagos reintegrables, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de esta ley.
No justificar la inversión de los fondos a los que se refieren los artículos 78 y 79 de esta ley y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
ES DECIR, SOLO ESPERAMOS QUE SÍ LA JUSTICIA DETERMINA RESONSABILIDAD DEL ALCALDE Y/O DETERMINADOS CONCEJALES, SE ACTUE CONTRA SU PATRIMONIO Y NO QUE AL FINAL SEAMOS LOS CIUDADAN@S QUIENES PAGUEMOS.
http://www.ondacerocastrourdiales.es/
http://www.castroconfidencial.es/2013/03/los-intocables-de-ivan-g.html
Desde Castroconfidencial ya venimos advirtiendo de ciertos actos de este Equipo de Gobierno porque sabemos que la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL) establece en su art. 78: “1. Los miembros de las Corporaciones locales están sujetos a responsabilidad civil y penal por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de su cargo.
Las responsabilidades se exigirán ante los Tribunales de Justicia competentes y se tramitarán por el procedimiento ordinario aplicable.
2. Son responsables de los acuerdos de las Corporaciones locales los miembros de las mismas que los hubiesen votado favorablemente.
3. Las Corporaciones locales podrán exigir la responsabilidad de sus miembros cuando por dolo o culpa grave, hayan causado daños y perjuicios a la Corporación o a terceros, si éstos hubiesen sido indemnizados por aquélla.
La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (LGP) en su art. 176 sienta el principio general de responsabilidad por actos de autoridades y demás personal al servicio de las Administraciones Públicas que infrinjan las disposiciones legales causando por ello daños y perjuicios por dolo o culpa grave.
Los hechos a los que el siguiente art., 177, anuda la generación de responsabilidad patrimonial, son los siguientes:
Haber incurrido en alcance o malversación en la administración de los fondos públicos.
Administrar los recursos y demás derechos de la Hacienda Pública estatal sin sujetarse a las disposiciones que regulan su liquidación, recaudación o ingreso en el Tesoro.
Comprometer gastos, liquidar obligaciones y ordenar pagos sin crédito suficiente para realizarlos o con infracción de lo dispuesto en esta ley o en la de Presupuestos que sea aplicable.
Dar lugar a pagos reintegrables, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de esta ley.
No justificar la inversión de los fondos a los que se refieren los artículos 78 y 79 de esta ley y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
ES DECIR, SOLO ESPERAMOS QUE SÍ LA JUSTICIA DETERMINA RESONSABILIDAD DEL ALCALDE Y/O DETERMINADOS CONCEJALES, SE ACTUE CONTRA SU PATRIMONIO Y NO QUE AL FINAL SEAMOS LOS CIUDADAN@S QUIENES PAGUEMOS.
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