" La Unión " hace la Fuerza
Aunque fue Pilar de la Hera la que inició el acto, el protagonista fue el Presidente del Comité Local, Oscar Bruno, que hizo un extenso repaso de los mandatos de los últimos dos alcaldes, Fernando Muguruza y Rufino Díaz Helguera; aportando numerosa documentación sobre el Informe del Tribunal de Cuentas respecto a la situación financiera y la Auditoria realizada a las Arcas Municipales, Contratación y Hacienda. Así mismo el señor Bruno desgranó una serie de irregularidades como la no presentación del Presupuesto municipal, la falta de control de los ingresos por aprovechamientos urbanísticos y la deuda municipal.
A menos de un año para las próximas elecciones municipales, La Unión presentará en ese momento sus proyectos de Normalización de la Situación Política en nuestro municipio, racionalizando la Gestión Municipal en aspectos como la Sanidad, la Cultura, el Deporte, los Servicios Públicos, el Sistema de Contabilidad o el Catastro. Y afrontará también las necesidades de las Junta Vecinales.
IBI. "Solos ante el Peligro"
El Protagonista de esta noticia es el Impuesto de Bienes Inmueble (IBI para "los amigos"). el recibo es fundamental para el contribuyente porque no es solo un papel de pago, es la información básica para entenderlo.
El Valor Catastral se obtiene a partir de los datos del Catastro inmobiliario, es el valor del suelo más el valor de construcción de la vivienda. En general, es la mitad del valor de mercado de la vivienda. La Base Imponible es el valor catastral de los bines inmuebles no exentos de reducciones o bonificaciones. La Base Liquidable es el resultado de aplicar en la base imponible las reducciones del impacto tributario derivado del incremento de los valores catastrales tras las revisiones y solo afecta a inmuebles urbanos. El Tipo Impositivo o de Gravamen es un coeficiente expresado en % que ha de aplicarse a la base imponible para obtener la cuota final a pagar. Lo fija el Ayuntamient, entre unos mínimos y unos máximos (mínimo 0,4% para bienes inmuebles urbanos y el máximo es 1,10%). La Deuda Tributaria es la cantidad resultante de aplicar las bonificaciones a la cuota integra. es lo que realmente se paga. Y se calcula Valor Catastral multiplicado por el tipo impositivo; tenieno en cuenta las bonificaciones que le correponden.
OJO AL IBI QUE SE HA MODIFICADO:
La Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles de nuestro Ayuntamiento en:
Apartado VII CUOTA
El Artículo 8.3 viene y dice que en los Bienes Inmiuebles de Uso Residencial que se encuentren desocupados con caracter permanente... el Ayuntamiento aplicará un Recargo del 25% de la cuota líquida del impuesto.
Apartado VIII BONIFICACIONES
El Artículo 10.1 dice que se aplicará una bonificación a los Bienes Inmuebles de naturaleza urbana ubicados en Islares, Cerdigo, Oriñón, Mioño, Lusa, Santullán, Otañes, Ontón, Sámano y allendelagua por acorresponder a asentamientos con vinculación a actividaes primarias agropecuarias y por disponer de un nivel de servicios de competencia municipal inferior al existente en zonas del municipio consolidadas. Haciendo referencia als vivienas rurales que estén ubicadas en las juntas vecinales y Allendelagua, cuyo diseño, materiales de construcción y uso no puedan ser consideradas segunda vivienda; y además que no sean vivienas colectivas. La cuantía de la bonificación deberá ser solicitada individualmente mediante impreso que se haya en las Oficinas Municipales y se establecerá en tramos:
80% Viviendas rurales anteriores a 1900
60% Viviendas Rurales construidas entre 1900 y 1990
30% Viviendas Rurales posteriores a 1990 y construidas antes del 31 de Diciembre de 2000.
75% Terrenos aledaños a la vivienda rural en la misma parcela.
La Contradición es que la Concejalía de Hacienda de nuestro Ayuntamiento a cargo del ex-concejal del PP José Miguel Rodriguez López ( Kaika) solo aplica esta bonificación a viviendas rurales unifamiliares antiguas al año 2000 en las Juntas Vecinales y Allendelagua, y no a viviendas unifamiliares construidas posteriormente y a viviendas colectivas, que tanbién soportan una serie de impuestos y no tinene los servicios públicos de calidad como tienen los ciudadanos de Castro-ciudad.
El Artículo 10.3 dice que existe una bonificación del 50% de la Cuota Integra para los Bienes Inmuebles destinados a viviendas donde se haya instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proviniente del sol para autoconsumo. Se aplicará cuando la instlación incluya colectores homologados por la Administración competente.
Otros Ayuntamientos están bonificando: las familias numerosas de rentas medias y bajas, a inmuebles urbanos en zonas de cascos viejos y rehabilitados, a nuevos empadronados con rentas medias, a jovenes en su primera vivienda, jubilados y pensionistas con renta bajas etc...
El Valor Catastral se obtiene a partir de los datos del Catastro inmobiliario, es el valor del suelo más el valor de construcción de la vivienda. En general, es la mitad del valor de mercado de la vivienda. La Base Imponible es el valor catastral de los bines inmuebles no exentos de reducciones o bonificaciones. La Base Liquidable es el resultado de aplicar en la base imponible las reducciones del impacto tributario derivado del incremento de los valores catastrales tras las revisiones y solo afecta a inmuebles urbanos. El Tipo Impositivo o de Gravamen es un coeficiente expresado en % que ha de aplicarse a la base imponible para obtener la cuota final a pagar. Lo fija el Ayuntamient, entre unos mínimos y unos máximos (mínimo 0,4% para bienes inmuebles urbanos y el máximo es 1,10%). La Deuda Tributaria es la cantidad resultante de aplicar las bonificaciones a la cuota integra. es lo que realmente se paga. Y se calcula Valor Catastral multiplicado por el tipo impositivo; tenieno en cuenta las bonificaciones que le correponden.
OJO AL IBI QUE SE HA MODIFICADO:
La Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles de nuestro Ayuntamiento en:
Apartado VII CUOTA
El Artículo 8.3 viene y dice que en los Bienes Inmiuebles de Uso Residencial que se encuentren desocupados con caracter permanente... el Ayuntamiento aplicará un Recargo del 25% de la cuota líquida del impuesto.
Apartado VIII BONIFICACIONES
El Artículo 10.1 dice que se aplicará una bonificación a los Bienes Inmuebles de naturaleza urbana ubicados en Islares, Cerdigo, Oriñón, Mioño, Lusa, Santullán, Otañes, Ontón, Sámano y allendelagua por acorresponder a asentamientos con vinculación a actividaes primarias agropecuarias y por disponer de un nivel de servicios de competencia municipal inferior al existente en zonas del municipio consolidadas. Haciendo referencia als vivienas rurales que estén ubicadas en las juntas vecinales y Allendelagua, cuyo diseño, materiales de construcción y uso no puedan ser consideradas segunda vivienda; y además que no sean vivienas colectivas. La cuantía de la bonificación deberá ser solicitada individualmente mediante impreso que se haya en las Oficinas Municipales y se establecerá en tramos:
80% Viviendas rurales anteriores a 1900
60% Viviendas Rurales construidas entre 1900 y 1990
30% Viviendas Rurales posteriores a 1990 y construidas antes del 31 de Diciembre de 2000.
75% Terrenos aledaños a la vivienda rural en la misma parcela.
La Contradición es que la Concejalía de Hacienda de nuestro Ayuntamiento a cargo del ex-concejal del PP José Miguel Rodriguez López ( Kaika) solo aplica esta bonificación a viviendas rurales unifamiliares antiguas al año 2000 en las Juntas Vecinales y Allendelagua, y no a viviendas unifamiliares construidas posteriormente y a viviendas colectivas, que tanbién soportan una serie de impuestos y no tinene los servicios públicos de calidad como tienen los ciudadanos de Castro-ciudad.
El Artículo 10.3 dice que existe una bonificación del 50% de la Cuota Integra para los Bienes Inmuebles destinados a viviendas donde se haya instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proviniente del sol para autoconsumo. Se aplicará cuando la instlación incluya colectores homologados por la Administración competente.
Otros Ayuntamientos están bonificando: las familias numerosas de rentas medias y bajas, a inmuebles urbanos en zonas de cascos viejos y rehabilitados, a nuevos empadronados con rentas medias, a jovenes en su primera vivienda, jubilados y pensionistas con renta bajas etc...
"La Buena Vida del Hotel Miramar"
En 2005, la Audiencia Nacional sentencia contra el recurso del propietario a la orden del Ministerio de Medio Ambiente que aprobaba su deslinde como bien de dominio público terrestre de Castro Urdiales en 2002. En las alegaciones del propietario se hace referencia a que en 1917 el Ayuntamiento otorgó una concesión sobre la marisma donde se asienta el establecimiento, para su desecación y urbanización; incluyendo una cesión a perpetuidad; y por tanto el hotel se incluía en la concesión. Pero la Audiencia Nacional desetimó las alegaciones abduciendo que está en dominio público en zona de playa.
Por tanto, la solución planteada por el Equipo de Gobierno en una reunión que se celebrará mañana a las 12:00 horas con presencia de todos los Grupos Municipales, resulta del todo incoherente; porque se pretende a propuesta de un arquitecto que el Ayuntamiento adquiera el inmueble y lo convierta en una instalación municipal con interés patrimonial para rehabilitarlo y convertirlo en un centro de Interpretación del Mar.
Como se puede comprar un inmueble con orden de derribo, que además está situado sobre dominio público que compete a la Demarcación de Costas y al Ministerio de Medio Ambiente; con DINERO PÚBLICO. Esto suena a "Malversación de Caudales Públicos" a favor de intereses privados (que ya han estado desde 1959 ganando "el oro y el moro"). Lo que hacía falta para seguir con una Deuda-Pufo de más de 13 millones de euros para tener contento a un empresario privado y para "enchufar" a algún "seudoecologista" "chupador" de esos que van contra el hormigón regional pero no contra el municipal.
No sería más coherente su derribo acatando la orden del Ministerio del Medio Ambiente? O de otra forma tratar de convertirlo en un Balneario Público con el fín social de origen'?
Castro Confidencial se mantiene a la expectativa de esta Kaikada....
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Comunicado de La Unión
Santander 26 de Julio de 2010
El comité local de LA UNION en Castro Urdiales, criticó las declaraciones de Daniel Rivas realizadas hace pocos días con relación al Ayuntamiento y a la trama de corrupción de Castro Urdiales. La formación política acusó al PSOE de falta de credibilidad y actitud permisiva con los acontecimientos ocurridos en el municipio que desencadenaron la imputación del Alcalde Muguruza y seis concejales a raíz de la instrucción desarrollada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Castro Urdiales.
Gabriel Ballesteros, miembro del comité local y tesorero de la formación, indicó que las declaraciones del portavoz del PSOE , Daniel Rivas son una autentica burla a los castreños.
“Parece que el Sr. Rivas no ha estado sentado en el Pleno municipal, y que acaba de aterrizar en Castro Urdiales, aseguró Ballesteros. Cualquier persona que le escuche podría pensar que no sabe nada, Pero nada más lejos de la realidad. “
“Le recuerdo al Sr Daniel Rivas que hay silencios cómplices, y lo que esta claro que su pasado habla por si solo, Diez años en el Ayuntamiento de Castro y varios años de secretario de Rufino Díaz Helguera, uno de los principales artífices de la corrupción en Castro Urdiales”
“Por qué no se manifestó Rivas cuando se hizo público el Informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas, se preguntó Ballesteros, ¿Por qué no denunció entonces, cuando era secretario de Rufino Díaz Helguera las irregularidades e ilícitos que se estaban cometiendo en el Ayuntamiento?”
El representante del Comité local, aseguró que a Daniel Rivas y al PSOE, se les ven claramente las intenciones, Su objetivo es claramente electoralista y oportunista.
Finalmente, Ballesteros requirió a Rivas a dar explicaciones de su actuación pasada, fundamentalmente que explique los motivos de los 20 MM de euros de deuda municipal y la abultada deuda extrajudicial que alcanza más de 12 MM de euros.
El comité local de LA UNION en Castro Urdiales, criticó las declaraciones de Daniel Rivas realizadas hace pocos días con relación al Ayuntamiento y a la trama de corrupción de Castro Urdiales. La formación política acusó al PSOE de falta de credibilidad y actitud permisiva con los acontecimientos ocurridos en el municipio que desencadenaron la imputación del Alcalde Muguruza y seis concejales a raíz de la instrucción desarrollada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Castro Urdiales.
Gabriel Ballesteros, miembro del comité local y tesorero de la formación, indicó que las declaraciones del portavoz del PSOE , Daniel Rivas son una autentica burla a los castreños.
“Parece que el Sr. Rivas no ha estado sentado en el Pleno municipal, y que acaba de aterrizar en Castro Urdiales, aseguró Ballesteros. Cualquier persona que le escuche podría pensar que no sabe nada, Pero nada más lejos de la realidad. “
“Le recuerdo al Sr Daniel Rivas que hay silencios cómplices, y lo que esta claro que su pasado habla por si solo, Diez años en el Ayuntamiento de Castro y varios años de secretario de Rufino Díaz Helguera, uno de los principales artífices de la corrupción en Castro Urdiales”
“Por qué no se manifestó Rivas cuando se hizo público el Informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas, se preguntó Ballesteros, ¿Por qué no denunció entonces, cuando era secretario de Rufino Díaz Helguera las irregularidades e ilícitos que se estaban cometiendo en el Ayuntamiento?”
El representante del Comité local, aseguró que a Daniel Rivas y al PSOE, se les ven claramente las intenciones, Su objetivo es claramente electoralista y oportunista.
Finalmente, Ballesteros requirió a Rivas a dar explicaciones de su actuación pasada, fundamentalmente que explique los motivos de los 20 MM de euros de deuda municipal y la abultada deuda extrajudicial que alcanza más de 12 MM de euros.
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