LA FISCALÍA RECURRIRÁ LA SENTENCIA DE LOS "SOBRESUELDOS" EN EL AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

 


 

SEGÚN SE PUBLICA EN EL DIARIO MOTAÑÉS DE HOY, LA FISCALÍA DE CANTABRIA HA DECIDIDO RECURRIR ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO LA SENTENCIA DEL CASO "SOBRESUELDOS" DE CASTRO URDIALES.

 

 En la sentencia publicada la semana pasada , la Audiencia Provincial absuelve a los dos exalcaldes de Castro, Rufino Díaz Helguera (1991-2003) y Fernando Muguruza (2003-2011); y a los otros diez acusados por supuestas irregularidades en la contratación de personal funcionario y laboral en el Ayuntamiento de Castro Urdiales, así como el pago de retribuciones indebidas a funcionarios y personal laboral.


Según parece el propio Ministerio Público avanza que no están conformes con la decisión de la Sección Primera y lo que harán, como es habitual en estos casos, es «anunciar el recurso y preparar un informe que remitirán a la Fiscalía del Tribunal Supremo en Madrid, que será quien tome la última palabra sobre su interposición».


Hay que recordar que la Fiscalía solicitaba penas de ocho años de cárcel para los ex regidores F. Muguruza y R. Díaz Helguera, y cuatro para los ex ediles I. González, A. Fernández, P. Quintana, C. Carranza, J. M.  Rodríguez 'KyK', A. Pastor, A. Gorriarán, E. Dopico, A. Zubiaurre y el ex interventor G. Alcedo por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación de fondos públicos.

 


Sin embargo, la Sección Primera no aprecia delito. El tribunal explica que buena parte de las notas e informes del interventor, principal elemento de prueba para la acusación del Ministerio Público, llegaron al procedimiento sin firma, por lo que son copias, no documentos originales. Por eso, advierte de que «ante estas ausencias documentales, esta sala ha optado por no tener por acreditado aquello que pueda perjudicar a los acusados, en virtud de una aplicación básica del principio 'pro reo', en tanto no haya elementos suficientes para considerar la veracidad e integridad de tales resoluciones y demás documentación relacionada». 


La Sección Primera también descarta la comisión del delito de malversación de caudales públicos. Excluido el delito de prevaricación como medio para la malversación, tampoco encuentra hechos que puedan constituir este segundo delito.

 

 Recordamos que en 2019, la Audiencia Provincial sí respaldó la instrucción del Juez Acayro y rechazó los recursos de los imputados (11 de 14 imputados). Enlace Noticia DM 

 

Habrá que esperar a que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre este tema.

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