EL AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES NO COMPENSARÁ LA PÉRDIDA DE LAS SUBVENCIONES REGIONALES A LAS JUNTAS VECINALES
BARRIO MELLÍN.LA PRONILLA. ASFALTADOS FASE II SIN ACABAR EN SAMANO.
Reunión de promesas y "cantos de sirena" lo que ocurrió ayer a las 18:00 horas en la sala de concejales del Ayuntamiento de Castro Urdiales en la reunión solicitada por todos los alcaldes pedáneos a la alcaldesa de Castro Urdiales, que como nos tiene acostumbrados se saltó el orden del día solicitado por los pedáneos para imponer como siempre el suyo propio.
A pesar de que la Fase II de asfaltados (como comentábamos ayer en redes sociales) no se ha cumplido e incluso se ha modificado el contrato por otros casi 30.000 € por problemas con una tubería en el barrio Mellín en Sámano y que el ayuntamiento no obliga a la empresa a poner unas planchas para pasar los baches. La alcaldesa volvió a prometer otra fase de asfaltados, mantenimiento de parques infantiles, pintura, mejora de la recogida de basuras etc...Lo de siempre...Promesas y promesas que luego el ayuntamiento no cumple y son los pedáneos los que pagan de sus arcas.
Curioso que el Ayuntamiento tenga un Plan Estratégico de Subvenciones y o tenga un Plan Estratégico de cooperación y coordinación con las pedanías y su representantes. Las juntas vecinales han dejado de percibir algo más de 16.000 € de subvenciones del Gobierno Regional de este año y sin embargo, la alcaldesa no planteó ayer asumir ninguna responsabilidad ni tampoco compensar esta pérdida a las pedanías afectadas.
Habrá que recordar al ayuntamiento de Castro Urdiales y a su máxima representante que la Ley de entidades Locales Menores de Cantabria que se publicó en el BOE el 26 de julio de 2022 ya en su preámbulo dice que la nueva regulación relativa a los recursos y régimen económico, financiero y presupuestario, responde a la doble necesidad de, por un lado, garantizar la suficiencia de los recursos económicos de este tipo de entidades y, por otro, a contribuir a asegurar el cumplimiento de las obligaciones de gestión financiera que el ordenamiento jurídico impone a todas las entidades locales y, por tanto, también a las entidades locales menores.
Además en el artículo 7 se dice que "Las entidades locales menores tienen derecho a estar informadas de las actuaciones acordadas por su respectivo Ayuntamiento en asuntos de su exclusivo interés, así como al seguimiento de la gestión que dicho Ayuntamiento realice de las mismas". Que incumple repetidamente el ayuntamiento cuando hay retrasos en las obras de asfaltado, cuando se incumplen sentencias judiciales, o cuando no se asumen las responsabilidades en subvenciones perdidas que no se han tramitado correctamente por funcionarios municipales.
La ley de entidades locales menores a pesar de que el concejal de Juntas Vecinales lo desconozca, establece en su artículo 18 sobre la garantía de recursos económicos suficientes que " el Gobierno de Cantabria velará porque las entidades locales menores dispongan de los ingresos mínimos necesarios para el cumplimiento de sus funciones y el ejercicio de sus competencias propias y las que expresamente le hayan sido delegadas, en colaboración con los respectivos Ayuntamientos y los recursos propios de la Entidad". Por tanto, cuando una junta vecinal como por ejemplo Sámano o Santullán tienen que contratar a una empresa para desbrozar caminos porque el ayuntamiento ha prometido hacerlo y no lo hace, el coste debería asumirlo el ayuntamiento; o cuando el ayuntamiento es responsable de la pérdida de subvenciones regionales debería asumir el coste que en 2023 alcanzó unos 16.000€.
Igual cree la alcaldesa que 16.000 € es poco porque el ayuntamiento compensa a las pedanías con 240.000€ al año de un presupuesto de más de 70 millones de euros. Pero habrá que recordarla que la ley de entidades locales menores establece que las juntas vecinales están sometidas al régimen de contabilidad pública y por tanto tienen la obligación de rendir cuentas de las respectivas operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, al Tribunal de Cuentas, que tienen que cumplir la Ley de Transparencia de la actividad pública, y que sí el secretario interventor de juntas vecinales no cumple sus funciones, se podrán crear puesto, o puestos, reservados en la misma entidad local menor de forma independiente para el ejercicio de las funciones reservadas.
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𝑇𝑜𝑑𝑜𝑠 𝑙𝑜𝑠 𝑐𝑜𝑚𝑒𝑛𝑡𝑎𝑟𝑖𝑜𝑠 𝑠𝑒𝑟𝑎́𝑛 𝑙𝑒𝑖́𝑑𝑜𝑠 𝑦 𝑚𝑜𝑑𝑒𝑟𝑎𝑑𝑜𝑠 𝑝𝑟𝑒𝑣𝑖𝑎𝑚𝑒𝑛𝑡𝑒.