"TEATRO EN EL AGORA" SOLICITA LAS ACLARACIONES DEL CONCEJAL DE URBANISMO POR REGISTRO MUNICIPAL



EL COLECTIVO QUE DEFIENDE EL TEATRO EN EL AGORA HA REGISTRADO UN ESCRITO HOY, EN EL AYUNTAMIENTO PARA QUE EL CONCEJAL DE URBANISMO CONTESTE A SUS PREGUNTAS SOBRE EL PROYECTO DEL NUEVO TEATRO JUNTO A LA PARCELA DEL PACHI TORRE. 


Sr. Concejal de Obras y Urbanismo, D. Alejandro Fernández.
Los abajo firmantes: 


Cinta Marraco Jordana, con D.N.I...., domiciliada a efectos de notificaciones en Castro Urdiales, Paseo de Ocharan Mazas Nº 40, con correo electrónico teatrocastro@outlook.es, y Antonio Zornoza López, con D.N.I..... y domiciliado a efectos de notificaciones en Castro Urdiales, calle Leonardo Rucabado 2B , con correo electrónico teatrocastro@outlook.es,
Solicitan de usted que nos aclare por el medio que considere oportuno las siguientes cuestiones: 


En declaraciones efectuadas por usted a la emisora Onda Cero de Castro Urdiales el 6/02/2020, relativas al estudio de aparcamiento subterráneo a construir en la calle Leonardo Rucabado usted dice que esas críticas están “técnicamente mal hechas”. ¿Podría usted decirnos por qué, según usted, están técnicamente mal hechas?
 

Relativo a nuestros comentarios tras la lectura del mencionado estudio efectuado por ICINSA en 2005, ¿Podría usted decirnos dónde está el error de las siguientes afirmaciones?
 
a/ El estudio solo tiene 18 líneas dedicadas al edificio, concretamente en el punto 5.2 de la memoria. No hay más.


b/El último párrafo de esas 18 líneas dice explícitamente que el edificio requiere el “correspondiente proyecto”.


c/ Ninguno de los planos referidos al edificio está acotado.
d/En el plano de secciones del edificio no aparece el segundo anfiteatro indicado en la memoria. 


e/La cifra que figura en presupuesto respecto al edificio carece de mediciones y precios unitarios que la justifiquen. 


f/Con los datos que aparecen en ese estudio es imposible hacer una valoración mínimamente precisa del edificio, y por lo tanto cualquier actualización posterior de esa valoración tendrá el mismo grado de exactitud. 


g/ El edificio previsto, incluyendo los dos anfiteatros, incumple con la Modificación puntual no 15 del PGOU publicada en el BOC con fecha 30/12/2013. 


h/ El objetivo principal del estudio ( recordemos , redactado en el año 2005 y firmado en 2006) no es el teatro, sino la construcción de aparcamiento subterráneo.


i/ Según la ley 38/99 de ordenanza de la Construcción, art 2 y 10, un Ingeniero (que es quien firma el estudio) no está legalmente capacitado para firmar un proyecto de un edificio de estas características. Por eso en su memoria dice que el edificio requiere el “correspondiente proyecto”. 


Castro Urdiales, 25 de Febrero de 2020


Cinta Marraco Jordana 

Antonio Zornoza López

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