EL PRIMER PLENO DE LA LEGISLATURA EL 25 DE JUNIO POR LA TARDE
Como en otras legislaturas, estamos acostumbrados a que los concejales del equipo de gobierno adelanten los puntos de los plenos en los medios de comunicación. Esto es lo que pasaba la semana pasada con las declaraciones del concejal de CastroVerde, Eduardo Amor en Punto Radio sobre las propuestas del Gobierno Municipal en el primer pleno de esta legislatura, el próximo 25 de Junio a las 16:00 horas de la tarde.
Los plenos serán los últimos martes hábiles de cada mes por la tarde a las 16:00 horas para que los concejales que trabajen y el público puedan acudir. Se suprimen las asignaciones a los grupos políticos y la eliminación de los cargos de confianza. Se crea un consejo de juntas vecinales entre otras cosas..
Curioso que en el Orden del día del Pleno publicado esta mañana no se publiquen las propuestas del equipo de gobierno..solo se pueden leer los títulos: Funcionamiento de las sesiones de pleno, constitución de grupos políticos y portavoces, asignaciones de los grupos políticos, decretos de nombramiento, dedicaciones, creación de comisiones, personal eventual que se supone se eliminará y se hablará de personal de asesoramiento especial o eso al menos lo suponemos para trabajos temporales, creación de un consejo de Juntas Vecinales etc..
Desde Castro Confidencial desconocemos cuales son las propuestas del equipo de gobierno que seguro defenderán en el primer pleno de legislatura, según parece la eliminación de los cargos de confianza, las asignaciones a los grupos municipales, las dedicaciones y remuneraciones y el consejo de juntas vecinales traerán fuerte debate al salón de plenos de la Corporación.
Nosotros tenemos algunas dudas sobre el orden del día y lo que no se publica en la página web municipal:
1- Sí los plenos son por la tarde, entendemos que los concejales que lo pueden compatibilizar con su actividad profesional no pueden cobrar dietas por acudir al pleno.
2- Sí se eliminan los cargos de libre designación, el personal temporal de asesoramiento especial debe nombrarse por concurso-oposición y no solo por concurso de méritos y/o currículum..
3- Sí el Ayuntamiento tiene desequilibrio presupuestario porque no se han vendido las parcelas de Cotolino, las dedicaciones exclusivas y parciales deben de abonarse de acuerdo a esta circunstancia y por supuesto las parciales adecuarse al mínimo el 40% y no al 60%, el máximo que permite la ley.
4- Respecto al Consejo de Juntas Vecinales, en Castro Urdiales ya existe un consejo como marca la Ley de Entidades Menores de Cantabria-enlace; que es la Hermandad de Juntas Vecinales que puede adecuarse a la normativa y en la que tiene cabida el Alcalde o a quien delegue.. Ya que a pesar de que hay muchas prisas en la creación del nuevo órgano, de momento se desconoce o no se ha previsto la regulación de su composición y funcionamiento como marca la ley; que además expresa escasas funciones:
a) Proponer e informar los planes de obras y actuaciones del Ayuntamiento dentro del territorio de las respectivas Entidades.
b) Proponer e informar los criterios que para la concesión de subvenciones a estas Entidades apruebe el Pleno del Ayuntamiento respectivo.
c) Proponer las condiciones y criterios para la aceptación de la delegación que en favor de estas Entidades hagan los Ayuntamientos de la ejecución de obras y la prestación de servicios comprendidos en la competencia municipal.
d) Aquellas otras funciones que le atribuya el Pleno del Ayuntamiento, mediante acuerdo expreso o a través de su Reglamento orgánico.
Los plenos serán los últimos martes hábiles de cada mes por la tarde a las 16:00 horas para que los concejales que trabajen y el público puedan acudir. Se suprimen las asignaciones a los grupos políticos y la eliminación de los cargos de confianza. Se crea un consejo de juntas vecinales entre otras cosas..
Curioso que en el Orden del día del Pleno publicado esta mañana no se publiquen las propuestas del equipo de gobierno..solo se pueden leer los títulos: Funcionamiento de las sesiones de pleno, constitución de grupos políticos y portavoces, asignaciones de los grupos políticos, decretos de nombramiento, dedicaciones, creación de comisiones, personal eventual que se supone se eliminará y se hablará de personal de asesoramiento especial o eso al menos lo suponemos para trabajos temporales, creación de un consejo de Juntas Vecinales etc..
Desde Castro Confidencial desconocemos cuales son las propuestas del equipo de gobierno que seguro defenderán en el primer pleno de legislatura, según parece la eliminación de los cargos de confianza, las asignaciones a los grupos municipales, las dedicaciones y remuneraciones y el consejo de juntas vecinales traerán fuerte debate al salón de plenos de la Corporación.
Nosotros tenemos algunas dudas sobre el orden del día y lo que no se publica en la página web municipal:
1- Sí los plenos son por la tarde, entendemos que los concejales que lo pueden compatibilizar con su actividad profesional no pueden cobrar dietas por acudir al pleno.
2- Sí se eliminan los cargos de libre designación, el personal temporal de asesoramiento especial debe nombrarse por concurso-oposición y no solo por concurso de méritos y/o currículum..
3- Sí el Ayuntamiento tiene desequilibrio presupuestario porque no se han vendido las parcelas de Cotolino, las dedicaciones exclusivas y parciales deben de abonarse de acuerdo a esta circunstancia y por supuesto las parciales adecuarse al mínimo el 40% y no al 60%, el máximo que permite la ley.
4- Respecto al Consejo de Juntas Vecinales, en Castro Urdiales ya existe un consejo como marca la Ley de Entidades Menores de Cantabria-enlace; que es la Hermandad de Juntas Vecinales que puede adecuarse a la normativa y en la que tiene cabida el Alcalde o a quien delegue.. Ya que a pesar de que hay muchas prisas en la creación del nuevo órgano, de momento se desconoce o no se ha previsto la regulación de su composición y funcionamiento como marca la ley; que además expresa escasas funciones:
a) Proponer e informar los planes de obras y actuaciones del Ayuntamiento dentro del territorio de las respectivas Entidades.
b) Proponer e informar los criterios que para la concesión de subvenciones a estas Entidades apruebe el Pleno del Ayuntamiento respectivo.
c) Proponer las condiciones y criterios para la aceptación de la delegación que en favor de estas Entidades hagan los Ayuntamientos de la ejecución de obras y la prestación de servicios comprendidos en la competencia municipal.
d) Aquellas otras funciones que le atribuya el Pleno del Ayuntamiento, mediante acuerdo expreso o a través de su Reglamento orgánico.
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