LA IGNORANCIA NO EXIME DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY
Ignorantia legis neminem excusat
Tras
meses de intenso trabajo, técnicos y recursos municipales dedicados a este fin,
por fin en Junio de 2.001 vio la luz el Reglamento de la Banda y Academia-Escuela Municipal de
Música. Sin alegaciones, se puede encontrar el texto definitivo en el BOC - Número 168 Jueves, 30 de agosto
de 2001
Artículo
1.º Con la formación y organización de la Banda
Municipal de Música, costeada por el Excmo. Ayuntamiento,
se tiende a crear una agrupación artística
digna
de Castro Urdiales, destinada a dar realce a aquellos actos
públicos que la
Corporación Municipal determine, así
como incrementar la cultura musical de la ciudad.
DIAS DE ACTUACION…………LOS DEL
CALENDARIO ANUAL QUE ELABORA EL AYUNTAMIENTO.
CONCIERTOS DOMINICALES……..CADA 15
DIAS.
LOS DOMINGOS DE INVIERNO EN LOS
SOPORTALES DEL AYUNTAMIENTO, LOS DE VERANO EL LA BARRERA..
Artículo 12.º No se concederá
permiso bajo ningún pretexto a los miembros de la Banda para
faltar a cualquier obligación, OBLIGACION DE IR LIMPIOS Y
UNIFORMADOS.
A
TODOS LOS ACTOS OFICIALES ASISTIRA LA BANDA COMPLETA.
OBLIGACIONES DE LOS MUSICOS.
2.º A asistir puntualmente a los
ensayos, clases y conciertos.
3.º A cuidar con el mayor esmero
el uniforme e instrumento
que les entrega el excelentísimo
Ayuntamiento,
LA
BANDA GESTIONARA
LA
ESCUELA DE MUSICA .
Artículo 62.º La Comisión de la
Banda estará formada por el señor Alcalde o persona en
quien delegue; un miembro de cada grupo político con
representación municipal,
entre los que estarán el/la
señor/señora concejal/a de Cultura, dos delegados de la
Banda elegidos democráticamente y el director de la misma.
Ahora
resulta que la banda no es rentable. Lo que jamás se pidió que fuera,; que no
puede gestionar la Escuela de Musica, cuando su propio reglamento así lo
establece. Etc… Etc…
Desde Castroconfidencial
creemos que alguna responsabilidad tiene el que infringe los acuerdos de Pleno. No puede decidirse sin más la
disolución de un organismo que ha sido creado y con una normativa propia
publicada, de la misma manera que no puede decidirse sumarse a la hora del
Planeta y apagar la Luz en Pleno y luego “olvidarse” de hacerlo ni decidir en Pleno pedir un préstamo a 7
años y luego ampliarlo a 10 años anulando el acuerdo anterior. La Ley establece
unos mecanismos para anular acuerdos firmes y válidos . Nos parece que no se
está cumpliendo, pero la Oposición tampoco parece querer exigir nada más.
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𝑇𝑜𝑑𝑜𝑠 𝑙𝑜𝑠 𝑐𝑜𝑚𝑒𝑛𝑡𝑎𝑟𝑖𝑜𝑠 𝑠𝑒𝑟𝑎́𝑛 𝑙𝑒𝑖́𝑑𝑜𝑠 𝑦 𝑚𝑜𝑑𝑒𝑟𝑎𝑑𝑜𝑠 𝑝𝑟𝑒𝑣𝑖𝑎𝑚𝑒𝑛𝑡𝑒.