Retribuciones Municipales cuestionables

El Boletín Oficial de Cantabria número 124 publica la Resolución por la que se aprueba la modificación de retribuciones de los corporativos municipales en nuestra ciudad aprobado en el Pleno Municipal del 10 de junio. La resolución empieza así:

“La Carta Europea de Autonomía Local, en su art. 7 declara que “el Estatuto de los representantes locales debe permitir la compensación financiera adecuada a los gastos causados
con motivo del ejercicio de su mandato, así como, si llega el caso, la compensación fi nanciera
de los benefi cios perdidos o una remuneración del trabajo desempeñado”. En este sentido, el
art. 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (en adelante
LRBRL), modifi cada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, así como el art. 13 del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (en adelante
ROF), aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, regula el régimen de las
retribuciones e indemnizaciones de los miembros de las Corporaciones Locales, atribuyendo al
Pleno, a propuesta del Presidente, la competencia para determinar dentro de la consignación
global contenida a tal fín en el Presupuesto, la relación de cargos de la Corporación a desempeñar
en régimen de dedicación parcial o exclusiva, y, por tanto con derecho a retribuciones,
las cuantías que correspondan a cada uno de ellos en atención a su grado de responsabilidad.


Lo malo es que según este artículado, se debe consignar de acuerdo a los Presupuestos Municipales de 2010...que de momento ni se han presentado ni han sido aprobados por el Pleno.